En efecto, si se dice, por ejemplo, "Fulano introdujo una demanda ante un tribunal (o ante la Fiscalía General) contra determinada persona por haberlo injuriado", la noticia puede ser cierta, pero el vocablo demanda estaría mal usado. Lo mismo si en este caso se hubiese empleado el verbo "demandó", en lugar de la frase "introdujo una demanda".
El error consiste en que la "demanda" introducida ante un tribunal es un pedido que se hace a alguien, el "demandado", para que convenga en lo que se le pide, o en su defecto sea obligado a ello por el tribunal. Si alguien, por ejemplo, me debe un dinero y no quiere pagármelo, yo lo demando ante un tribunal para que convenga en hacerlo, y si no lo hace, sea condenado por el tribunal a pagarme. Igual si se trata de un divorcio. Uno de los cónyuges demanda del otro, ante un tribunal competente, a que convenga en divorciarse, y si el otro no conviene el tribunal decidirá si decreta o no el divorcio.
En cambio, si una persona injuria o difama gravemente a otra, de viva voz o por escrito, o de alguna otra manera, el injuriado podrá acusar al ofensor ante un tribunal penal, para que sea condenado a la pena correspondiente por el delito de difamación e injuria. En este caso no se trata de una "demanda", sino de una "acusación". Los delitos de "injuria" y "difamación" tienen como efecto exponer a una o varias personas, o a una institución, al desprecio u odio públicos, y causan un daño que sólo puede ser reparado por los medios que señala el Código Penal, y a los que el infractor únicamente puede ser condenado por un juez competente.
Además de la "demanda" y de la "acusación", existe la figura jurídica de la "denuncia". Esta consiste en que una persona informe a una autoridad competente -un tribunal penal, la Fiscalía General de la República o la policía judicial- sobre la comisión de un delito, señalando o no al presunto delincuente, para que el organismo correspondiente abra la averiguación del caso.
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