Últimas Noticias Logo

Caracas, 18/06/2013
Iniciar sesión| Registrarse


SUCESOS | 19/06/2012 07:57:00 a.m.
Nuevo Copp castiga crímenes que causan conmoción pública
En Gaceta Oficial Extraordinaria publicaron decreto presidencial
Compartir vía email Agrandar letra Disminuir letra
5 (1 voto(s))
Compartir en Facebook

cantidad_comentarios 5857 lectura(s)



Nuevo Copp castiga crímenes que causan conmoción pública
Imagen referencial (Créditos: PoliChacao)
Eligio Rojas.- Ayer fue publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.078 el texto completo del nuevo Código Orgánico Procesal Penal (Copp) con una exposición de motivos donde se argumentan los cambios hechos por el Presidente de la República. 

Uno de los artículos de aplicación inmediata es el 38, el cual faculta a los fiscales del Ministerio Público para prescindir total o parcialmente de la acción penal contra delincuentes incursos en un hecho "que por su insignificancia o por su poca frecuencia no afecte gravemente el interés público, excepto, cuando el máximo de la pena exceda de los 8 años de privación de libertad". Quedan excluidos de esa norma quienes cometen delitos graves. El Copp derogado establecía 5 años. 

Explica la exposición de motivos del nuevo Copp una nueva excepción para separar las causas seguidas a una sola persona: cuando se trate de delitos contra las personas que causen conmoción por su grado de crueldad y la pena aplicable a una de las causas sea de 30 años de prisión. En esos casos se prohíbe acumular los expedientes y justifican tal cambio de la siguiente manera: "Constituye un clamor del pueblo venezolano, que viene levantando su voz pidiendo que no haya impunidad especialmente para el castigo de crímenes que causen conmoción pública, por lo cual se hace necesario garantizar que los delitos sean castigados plenamente, encontrándonos con que la acumulación de causas para producir una sola sentencia normada en el código anterior, producía la impunidad de delitos cometido por la misma persona en diferentes momentos".






ATENCIÓN. No se permite la publicación de mensajes violentos, ofensivos, difamatorios o cualquier contenido que infrinja lo estipulado en el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad en Radio, TV y Medios Electrónicos. Antes de escribir tus comentarios lee las Normas de Participación en ÚN.


 

Publicidad


Publicidad


En La Hoyada hay que andar ojo pelao
jun 17 - 07:00 a.m. En La Hoyada hay que andar ojo pelao - 9447 vista(s)
jun 17 - 08:43 a.m. Un pistolero mató a una muchacha e hirió al papá - 7112 vista(s)
jun 17 - 02:15 p.m. Mujer de 36 años tuvo hijo con un niño de 11 - 3303 vista(s)


Publicidad


Publicidad


Publicidad


Publicidad