ÚN | En virtud de los órganos de prueba presentados por el Ministerio Público, fue condenado el maestro de albañilería José Gustavo Velásquez Tovar (37) al pago de una multa de 25 unidades tributarias (2.250 bolívares), por haber perturbado la tranquilidad de sus vecinos de la calle
El Mirador de Los Frailes de Catia, parroquia Sucre, con la colocación de cornetas sonoras y música estridente durante aproximadamente tres años
Correspondió a la fiscal municipal 3° del Área Metropolitana de Caracas (AMC),
Carolina Alejandra Domínguez, presentar los suficientes elementos para que el Tribunal 25° de Juicio de la mencionada jurisdicción impusiera a Velásquez Tovar la citada sanción, por estar incurso en la falta de concurso de perturbación de reuniones públicas y perturbación en grado de continuidad en perjuicio de sus vecinos, durante los fines de semana de los años 2008, 2009 y 2010.
De esta manera, la instancia tribunalicia valoró positivamente los aportes de la representación fiscal y condenó al hombre por las faltas previstas en los artículos 506 y 507, en relación con el artículo 99, del Código Penal, motivo por el cual ordenó a Velasquez Tovar el referido pago.
Esta causa se inició el 25 de abril de 2010, cuando un vecino del contraventor denunció en la sede de la Fiscalía Municipal Tercera que el citado hombre, pese a que había firmado cauciones en el Registro Civil de la parroquia Sucre y se notificó al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la irregularidad para que no alterara la tranquilidad de los pobladores de calle El Mirador, proseguía con la colocación de cornetas y, en ocasiones, utilizaba un micrófono para emitir frases peyorativas.
Al ser colocada la denuncia en la Fiscalía Municipal Tercera, se instruyó a la
Policía Nacional Bolivariana (PNB) para la práctica de una serie de diligencias, en las que se recabaron suficientes elementos de convicción, así como los testimonios de los vecinos.
Ante la presencia de un procedimiento especial, se suprimió la fase intermedia, por lo que la fiscal introdujo el escrito de enjuiciamiento por falta contra Velásquez Tovar, con la decisión antes mencionada.