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PARROQUIAS | 18/05/2012 09:18:00 a.m.
Para las mascotas también hay reglas en el condominio
Debe revisarse con atención el reglamento del edificio o conjunto residencial
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Para las mascotas también hay reglas en el condominio
Debe evitarse que deambulen solas (Créditos: Archivo)
Thamara Bejarano| Últimas Noticias

A pesar de hacernos compañía, cuidarnos y darnos cariño, los animales domésticos, especialmente los perritos, deben ajustarse a las normas que la comunidad residencial haya tenido a bien crear para la sana convivencia. Hoy día, además de tales normas internas y de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), existe también la Ley de Fauna, que ayuda a regular esta materia.

De acuerdo con los especialistas del portal www.micondominio.com, un reglamento que prohíbe o acepta los animales puede ser modificado con el acuerdo de al menos 75% de los propietarios, sea con los que asisten a la asamblea correspondiente, o pudiendo hacerse por consulta escrita.

Pero, ojo, el hecho de que nos autoricen a tenerlas en casa, no significa que se pueda pasar por encima de la tranquilidad y seguridad de los demás copropietarios; así que si alguien se ve afectado, sea por suciedad, ruidos molestos o potencial agresividad de algún animal, podemos encontrar problemas.

Las mascotas tienen su propia ley. Se llama Ley para la Protección de la Fauna Doméstica, Libre y en Cautiverio, y entró en vigencia el 4 de enero de 2010, y entre los aspectos más resaltantes se puede destacar: Quien ejerza la propiedad o tenencia de mascotas está obligado a reparar los daños que causen, de acuerdo a lo establecido en el Código Civil.

Quien tenga denuncias puede hacerlas ante el consejo comunal, o si no, acudir a la autoridad parroquial o el juez de paz; como última opción, se acudirá a una instancia municipal para que se inicie un procedimiento administrativo.

Cuando los animales circulen sin dueño podrán ser retenidos por las autoridades hasta por tres días hábiles y luego, si no son reclamados, quedan a la orden de ellas.

Se especifica además que, "toda persona que ejerza la propiedad o tenencia de animales domésticos está obligada a brindarles protección, y cumplir con los requerimientos en cuanto a sanidad animal y seguridad, de manera de evitar la generación de daños a terceras personas (…)".

Parte de esto consiste en mantener a nuestras mascotas bien cuidadas; por ello, Gabriela Torres, representante de Puppy Spa Peluquería Canina, recomienda bañarlas mensualmente, y el corte de pelo, uñas y limpieza de oídos hacerlo cada mes y medio, dos meses máximo. "De esta forma y junto al cumplimiento de sus vacunas, se contribuye a la salud del perrito, evitando pulgas, garrapatas y otras alimañas, y lo más importante, cuando se vive en edificios, evitamos que se propaguen, pues cuando hay uno 'contaminado', fácilmente se puede convertir en la fuente para contagiar al resto de los caninos de la comunidad".

Dependiendo de la raza del perro y su tipo de pelo, estos servicios pueden oscilar entre Bs 170 y 250: "hemos organizado jornadas para edificios completos, por ejemplo, simplemente el condominio se pone de acuerdo, y habilitamos el salón de fiestas o una plaza cercana para atenderlos en el sitio, lo que resulta muy positivo en términos de prevención y erradicación de alimañas", comenta Torres.

La experta explica que hay que tener mucho cuidado, sobre todo en estos meses de lluvias y calores intensos, pues hay un aumento en la reproducción de bichitos y, por supuesto, son nuestras mascotas y niños los más perjudicados, así que a ponerlas pepito.

Reglas claras

Algunos artículos del Reglamento de Condominio del Conjunto Residencial Parque Caiza señalan:

Artículo 69. 
Los copropietarios y/o arrendatarios que tengan perros, gatos o cualquier otro animal, no podrán tenerlos libremente por las áreas comunes (…).

Artículo 70. Los copropietarios y/o arrendatarios que posean animales evitarán que éstos dejen excrementos o ensucien de alguna manera las áreas comunes del edificio. En caso de que esto ocurra, es responsabilidad exclusiva del copropietario limpiar inmediatamente, para mantener las condiciones de higiene en las áreas comunes (…).

Artículo 72. Los copropietarios y residentes que posean mascotas deberán garantizar en todo momento el control de sus animales, evitar que perturben la calma de los vecinos con ruidos, peleas, ladridos o cualquier acto similar.
Artículo 73. Los dueños de mascotas, de acuerdo a la ley aplicable, deberán obtener los documentos sanitarios, vacunas, etc. expedidos por un médico veterinario.

FUENTE: Puppy Spa Peluquería Canina 04123972875 / 04129236612 / www.micondominio.com
www.parquecaiza.com.ve





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