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Últimas Noticias Sábado 16 de Marzo de 2002

VISIÓN DEL MUNDO

La mano invisible de Adam Smith y mercado cambiario

TIBISAY HUNG RICO

A partir del 18 de febrero de 2002, por primera vez en la historia económica de Venezuela, se produce un cambio importante en la forma de actuación del Estado en el mercado de divisas, a través del Banco Central de Venezuela, para la fijación del precio del dólar.

Bajo el nuevo esquema de flotación del tipo de cambio, el BCV actúa vendiendo y comprando divisas por medio de subastas, que se efectúan tres veces al día, limitando la oferta total de dólares a la cantidad de 60 millones diarios, es decir 20 millones de dólares por cada subasta.

Naturalmente que el BCV actúa como principal oferente de divisas, dada su condición de ente receptor de los dólares provenientes de la realización externa del petróleo.

En tanto que agente comprador el Instituto tiene la potestad de aceptar las ofertas más competitivas, por supuesto las de menor valor, quedando a discreción de éste la decisión de aceptar esas ofertas.

Este mecanismo permite, de manera transparente, precisa y fluida, conocer los diferentes agentes económicos (casas de cambio, banca universal y personas naturales) en la subasta.

Este nuevo régimen, muy diferente a los adoptados en el pasado, que generaron innumerables problemas (corrupción, trámites interminables, ventajismos), tales como regímenes diferenciales, controles de cambio etc, tiene muchas ventajas. En primer lugar, este sistema constituye una sana administración de la gestión de deuda externa, ya que el nivel de reservas internacionales se mantendrá en consonancia con la función de apalancamiento de la actividad económica normal, debido a que sólo se suministrarán las divisas en forma coherente con las reales necesidades de la economía.

En segundo lugar se propicia la sana competencia en el mercado de divisas.

Una última ventaja de este nuevo régimen cambiario es que estamos ante la presencia de una intervención "limpia", por parte del Estado, pasamos de un Estado interventor a un Estado regulador, cumpliendo de esta manera con las funciones que dentro de su actuación en el circuito económico le son propias, tal como lo establece la teoría económica ortodoxa: el Estado debe ser regulador de las relaciones entre los agentes económicos. Es decir, el BCV no intervendrá en el mercado cambiario, sino sólo en circunstancias excepcionales conocidas en la jerga financiera como "comportamientos erráticos excesivos". En ningún caso el BCV intervendrá para interferir el normal funcionamiento del mercado cambiario. En resumen, desde el 18 de febrero, la mano invisible del mercado fija el precio del dólar.


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